REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinas; 02 de Agosto de 2012.
202º y 153º
Solicitud № 12-13.933
DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos LINA ROSA GARRIDO, CARLOS ENRIQUE BECERRA GARRIDO, NACOR YTAMAR BECERRA GARRIDO, DENNYS ALI BECERRA GARRIDO, JHONNY JOSE BECERRA GARRIDO, RUTH NOHEMI BECERRA GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad № V- 2.474.070, V-8.145.636, V-9.989.479, V- 9.264.233 y V-9.388.916, V-9.387.579 domiciliados en la ciudad de Barinas, Estado Barinas asistidos por el abogado en ejercicio, JOSE GREGORIO SANCHEZ MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-9.983.305 inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 160.123, actuando en representación de los ciudadanos arriba identificados y mencionadas ,en su carácter de conyugue y hijos del de-cujus, mediante la cual solicitan la declaración de únicos y universales herederos del de-cujus DENNYS BECERRA BALZA, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-1.606.722, fallecido ab-intestato en fecha 18 de Octubre del 2011, quien estuvo domiciliada en la Avenida Garguera con Calle 5 de Julio Casa Nº 4-69 de esta ciudad de Barinas Municipio Barinas del Estado Barinas. Así como el cartel de emplazamiento ordenado y publicado en el diario local “El diario La Noticia” el día Martes 19 de Junio del 2012, consignado en fecha 21/06/2012 y agregado en autos en fecha 25/06/2012, no comparecieron terceros interesados a formular oposición, ni a exponer sobre la solicitud. Dicho cartel se adminiculan a la Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano DENNYS BECERRA BALZA, asentada bajo el № 15, por ante la Parroquia Rómulo Betancourt Municipio Barinas, de fecha 26/01/2012, cursante al folio tres (03);Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos LINA ROSA GARRIDO y DENNYS BECERRA BALZA, asentada bajo el Nº 126, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas de fecha 25/07/1978, cursante al folio cuatro (04), Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano; CARLOS ENRIQUE, asentada bajo el Nº 436, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas de fecha 26/04/1961, cursante al folio diez (10), Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano; NACOR YTAMAR, asentada bajo el Nº 723, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas de fecha 09/05/1967, cursante al folio once (11), Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano; DENNYS ALI, asentada bajo el Nº 1.808, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas de fecha 9/11/1963, cursante al folio doce (12), Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano; JHONNY JOSE, asentada bajo el Nº 612, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas de fecha 16/02/1975, cursante al folio trece (13), Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana; RUTH NOHEMI, asentada bajo el Nº 378, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas de fecha 11/03/1966, cursante al folio veinticuatro (24),fotocopias de las Cédulas de Identidad de los solicitantes del conyugue e hijos del de-cujus inserto en los folios 05,06,07,08,09,25. En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus DENNYS BECERRA BALZA a los ciudadanos LINA ROSA GARRIDO, CARLOS ENRIQUE BECERRA GARRIDO, NACOR YTAMAR BECERRA GARRIDO, DENNYS ALI BECERRA GARRIDO, JHONNY JOSE BECERRA GARRIDO, RUTH NOHEMI BECERRA GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 2.474.070, V-8.145.636, V-9.989.479, V- 9.264.233 y V-9.388.916, V-9.387.579. Se acuerda a librar certificadas de todo el presente expediente, una vez que la parte solicitante suministre los fotostatos necesarios. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Diarícese. Cúmplase.
El Juez Provisorio
Abg. Oscar Eduardo Zamudia Aro.
La Secretaria Titular
Abg. Gladys Teresa Moreno Marquez
Solicitud № 12-13.933
OEZA/GTMM/yfjz
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