REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, diez (10) de Diciembre de dos mil doce (2012).
202º y 153º
Nº DE EXPEDIENTE: EP11-L-2012-000311
PARTE ACTORA: ARGENIS RIVAS MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-18.045.577.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VICTORIANO RODRIGUEZ MENDEZ, MARIA GERALDINA RODRIGUEZ PINEDA Y MARLYN LISETH RODRIGUEZ PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-3.449.770, V-16.334.134 y V19.056.543, en su orden, e inscritos en el inpreabogado bajo los números: 21.916, 123.121 y 143.440, respectivamente. Representación que consta en Poder Apud-Acta que corre inserto al folio Trece (13).
PARTE DEMANDADA: MEGA TIENDA YAN ESPORT; inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Fecha: 19 de Mayo del año 2003, anotado bajo el Nº 71, Tomo: B-1 con domicilio en Socopó, Estado Barinas. Representada legalmente por el ciudadano: JUAN JOSE RIVAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.370.719.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR MANUEL PERERZ ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.715.857 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 148.406.Representación que consta en poder autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de Barinas, Estado Barinas en fecha: Veintiuno (21) de Septiembre del año 2012, anotado bajo el Nº 52, Tomo:128 de los libros respectivos y que corre inserto al folio Veintiuno (21) y veintidós (22) ambos inclusive de las actas procesales.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy lunes, diez (10) de Diciembre del año 2012, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), del día y hora para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia únicamente del Apoderado Judicial de la parte demandada, Abogado: OSCAR MANUEL PEREZ ARAUJO, supra identificado. Seguidamente se deja expresa constancia que el demandante: ARGENIS RIVAS MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.045.577, no compareció ni por sí, ni por medio de Apoderado alguno a la realización de la prolongación Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202 ° y 153 °.
El juez
Gustavo Adrián Lindarte
Compareciente,
Abg. Oscar Manuel Pérez Araujo
Apoderado judicial de la parte demandada
La Secretaria
Abg. Yoleinis Vera Almarza
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión. Conste.-
La Secretaria
Abg. Yoleinis Vera Almarza
GAL/yva
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