REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 10 de Diciembre de 2012.
202 ° Y 153 °
Vista la solicitud de ADMINISTRACION DE BIENES por el fallecimiento de la
ciudadana RODULFA VENEGAS DE VITORA, venezolana, mayor de edad, C.I N° V-
9.385.490, suscrita por el ciudadano LUIS RAFAEL HERNANDEZ FLORES, venezolano,
mayor de edad, C.I N° V-10.012.510, Tutor Judicial del adolescente SE OMITE de 17 años de edad, asistida por la Defensora pública abogada
JUMARY BRICEÑO, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la moral, a
las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley de conformidad con lo
prevista en el Parágrafo Segundo literal "A" del Artículo 177 y 457 LOPNNA, SE ADMITE
CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESE LE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE, Désele el curso de ley conforme el procedimiento de jurisdicción
voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem).Por Aplicación preferente a los procedimientos
especialés y ordinarios previstos en la LOPNNA a que ordena el artículo 452 Ejusdem.
Vista la naturaleza del asunto que se presenta óbviese la fase de Mediación de la
Audiencia Preliminar. Notifíquese mediante boleta conforme al arto 515 LOPNNA al
Fiscal(a) del Ministerio Público, para que su opinión sea oída. Ofíciese a la entidad
señalada, para que remitan a este Tribunal Cheque de gerencia de las cantidades de
dinero solicitadas para la respectiva apertura de la cuenta de ahorros a cargo de la
Oficina Control de Consignaciones (OCC) de este tribunal. En consecuencia se advierte
que una vez que consten en autos practicadas todas la notificación acordada y recibido
el cheque de gerencia requerido se fijará por auto separado día y hora para que tenga
lugar la fase de sustanciación de la Audiencia preliminar en la presente causa a los fines
de proveer con la opinión del Fiscal de Ministerio publico y el Tutor Judicial sobre la
mejor administración de los recursos consignados por ante este Tribunal. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias
certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe en mi
carácter de secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sus.tan.ciación de esta Circ.u~scripción Judicial, .~~~t{!CO que ~nterior traslado es
copia fiel y exacta de su~ originales, c~ al,:~g:~X~JI?.s •~.el Expedl~n~e MD1.1 ~J-2012-
001154, todo de conformidad con el rticulo 1 2/'t1e;t,¡Eod,tQP., procedimiento CIVIL
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