CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIr\JO, NIr\JA y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas, 13 De Diciembre de 2012.
202 o y 163 Q
Vistos los térrnlnes del acuerdo de Rr=C3iME:N DFE eONVIVI::NCIA FAMIUAF<,
proveniente de la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente "Nueva Barinas" del Estado
Barinas, alcanzado por los ciudadanos YANTMAR ALEXANDER RAMIREZ ANGULO y
YOSEUN DEL PILAR SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de
identidad personales Nros V-16.514A26, V-20A06.143; respectivamente, padres de la niña
SE OMITE, de 02 años de edad, EN EL CUAL
ACUERDAN: "UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, EL DOMINGO DESDE LAS
9:00 AM HASTA LAS 5.00 PM, LAS VACACIONES Y DIAS ESPECIALES (CARNAVAL,
SEMANA SANTA, NAVIDAD Y ESCOLARES) SERAN AL TERNOS Y COMPARTIDOS EN
LOS TERMINOS ESTABLECIDOS POR LOS PADRES." .. " Por no ser contraria al orden
público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE
CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE. CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO LITERAL
"L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517
ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se obvia la fase de mediación y
sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a dictar la correspondiente resolución.
En consecuencia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo
518 LOPNNA, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA
EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de
la presente homologación. Devuélvanse los originales consignados a autos previos su
certificación de autos por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo
Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha
sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase.
Siguen firmas ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley.
Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal
Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los
folios del Expediente MD11-H-2012-001244, todo de conformidad con el articulo 112 del
Código de procedimiento Civil.
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