CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN,
SUSTANCIACION y MEDIACION.
Barinas.13 de Diciembre de 2.012
2010 Y 1530
Visto los términos de desistimiento de fecha 10/12/2012, cursante al folio
12, suscrito por el ciudadano RAFAEL ADELlS ANGARITA, titular de la
cédula de identidad N° V-4.925.875, debidamente asistido por el Abogado
MARCOS FIDEL MARTINEZ DAZA, INPREABOGADO N° 135.231, en la
presente causa de RENDICION DE CUENTAS. SE HOMOLOGA EL
MISMO POR LO QUE SE DECLARA DESISTIDA LA CAUSA de
conformidad con el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil.
Ordenándose en consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL
ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Devuélvanse los originales previa su
certificación en autos por secretaria. Luego de lo cual remítanse las
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01)
calendario a partir de la fecha del presente auto, de lo cual tómese nota por el
archivo de este Tribunal. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la
Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg.
Dayana Vivas Guiza y la (el) Secretaria (o). En la misma fecha se libraron
copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la (el) Secretaria (o).
Quien suscribe en mi carácter de secretaria (o) del Tribunal Tercero de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción
Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-V-2012-
000263, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento
Civil.
Exp. N°: MD11-V-2012-000263 /
DVG/jaz.-
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