REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL
TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
BARINAS, 04 de Diciembre de 2012
2020 Y 1530
MD11-V-2012-000454¿CTA SESION INICIAL DE LA FASE DE MEDIACIONI ACTA
DE ESCUCHA
Siendo las (2:00 p.m.) del 04 de Diciembre del año 2012 día y hora señalados para
que tenga lugar la escucha, seqún lo tipificado en el articulo 415 lopnna, que
reza" omisis •..... si el juez o jueza lo creyere conveniente pOdrá
solicitar la opinión de cualquier otro pariente de la persona a ser adoptada
o de un tercero que tenga interés en la adopción" en la presente causa de
Adopción, comparecieron las ciudadanas Hilda Margarita Montilla, venezolana,
mayor de edad, titular de la cedula de identidad C.I NO V-8.068.521; solicitante,
,ciudadana Mariela Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de
identidad C.I N° 10.052,036 hermana de la solicitante y Cindy Rossimar Salazar
Montilla sobrina de la solicitante, presente la abogado María Virginia Hurtado, de
oficina de adopciones del IDENA Barinas, venezolana, titular de la cedula de
identidad C,I N° 18.288.835; INSCRITA EN EL Instituto de Previsión del abogado
bajo del numero N° 148.528 en este caso se escucho a la ciudadana Hilda
Margarita Montilla, quien manifiesta que desde hace tiempo tiene la intención de
adoptar un niño para darle amor y formación que sus familiares tienen
conocimiento de dicha solicitud y esta preparada para asumir esa responsabilidad,
así mismo se escucho a la hermana de la solicitante ciudadana Mariela Montilla
quien expone tengo conocimiento de la solicitud que realizo mi hermana por ante el
IDENA y las condiciones especiales del niño sin embargo será bienvenido en
nuestro hogar mi hermana será excelente madre es una mujer muy responsable y
apegada a la religión de igual forma se escucho a la sobrina Cindy Rossimar Salazar
Montilla quien manifestó que esta muy emocionada con la llegada del niño mi tía
será una muy buena madre ya que ella me cuido y me protegió cuando era niña se
que lo va hacer muy bien; luego de lo escuchado y manifestado por la solicitante y
familiares este tribunal Tercero de Primera Instancia en Sustanciación Mediación de
Protección del Niño Niña y Adolescente en resguardo de los derechos e intereses del
niño Ángel Adrián Márquez Contreras acuerda el inicio del emparentamiento
personal el cual se llevara acabo en un lapso de 25 días continuos el mismo
consistirá en encuentros familiares entre la solicitante y el niño ya identificado en
horas de la mañana y de la tarde a partir de fecha 10 de diciembre del año 2012;
esto dando cumplimiento según lo consagrado en el articulo 493- N LOP'NNNA es
todo. Termino se leyó y conformes firman. Sigue firma ilegible de la Secretaria.
Quien suscribe Leandra Armario Blanco, en mi carácter de secretaria del este Tribunal
Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción
Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes al folio _del Expeqiente MD11-V-2012-000454, es todo de conformidad
con el articulo 112 del CÓdigefCíS prccedírniento Civil.
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