REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 12 de Enero de 2012. 201°y 152°
De conformidad con el auto de esta misma fecha cursante al Cuaderno
Principal de la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIOse procede a
aperturar EL PRESENTE CUADERNO SEPARADO DE INSTITUCIONES
FAMILIARES, DONDE SE PROVEERÁ LO CONDUCENTE RESPECTO A LA
OBLlGACION DE MANUTENCION, REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR Y
CUSTODIA a favor de la niña SE OMITE , de 02
años de edad. En consecuencia de conformidad con el articulo 351 LOPNA la
CUSTODIA JUDICIAL de la niña SE OMITE , será
ejercida por la madre ciudadana MARALBI MILDRED VELASQUEZ PARRA. Se
fija a cargo del padre de conformidad con el artículo 05, 07 literal "d", 30 Y 351
LOPNA y 23 de la Ley Orgánica del Trabajo, OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN
PRUDENCIAL Y PROVISIONALpor la cantidad de CUATROCIENTOS
BOLlVARES (85. 400,00) mensuales, adicional en los meses de Septiembre y
Diciembre la cantidad de SEISCIENTOS BOLlVARES (8s. 600,00), para lo cual
ofíciese al ente empleador del demandado. En cuanto al ejercicio de los demás
atributos de la PATRIA POTESTAD, será ejercida por el Padre y la Madre
conjuntamente, de la misma manera se establece en beneficio de la niña
SE OMITE y del padre no Custodio un REGIMEN
DE CONVIVENCIA PROVISIONAL AMPLIO. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas
ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y
la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste:
Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-V-2011-000702, todo de
conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.
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