REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 17 de Enero de 2012.
201° y 152°


Por cuanto se observa que el presente juicio se encuentra concluido, en virtud de la Sentencia en la cual se Declara con Lugar la acción Interdictal Restitutoria, dictada en fecha 27/06/2.000, en razón que las partes no ejercieron recurso alguno, en consecuencia se Declara Firme la Sentencia y en referencia a lo anterior, se ordena el Archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.
JUEZ.
ABG. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.




SECRETARIA.

ABG. JENNIE W. SALVADOR P.


En la misma fecha se archivó en el libro respectivo bajo el N° 1.063, constate de Doscientos Noventa y Seis (296) folios útiles- Conste.-

Scría.




JJTS/JWSP/rb
EXP N° 1289.