REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 17 de Enero de 2012.
201° y 152°


Por cuanto se observa que el presente juicio se encuentra concluido, en virtud de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada en fecha -16/12-2011, mediante la cual se ordena levantar la medida Decretada y en consecuencia de ello se deja sin efecto la MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, y por cuanto las partes no ejercieron recurso alguno, en consecuencia se Declara Firme la Sentencia y en referencia a lo anterior, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.
JUEZ.
ABG. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.


SECRETARIA.

ABG. JENNIE W. SALVADOR P.


En la misma fecha se archivó en el libro respectivo bajo el N° 1.064, constante Ocho (08) piezas, la Nro 1 de Trescientos Noventa y Nueve (399) folios; Nro 2 Quinientos Un (501) folio; Nro 3 Mil Ciento Sesenta (1.160) folios; Nro 4 Doscientos Cuarenta y Seis (246) folios; Nro 5 Quinientos Diecisiete (517) folios; Nro 6 Ochocientos Noventa y Cuatro (894) folios; Nro 7 Trescientos Cincuenta y Seis (356) folios; Nro 8 Quinientos Sesenta y Siete (567) folios y Cinco (05) cuadernos anexos constantes de Nro 1 Doscientos Dieciocho (218) folios; Nro 2 Noventa y Tres (93) folios; Nro 3 Quinientos Treinta y Ocho (538) folios; Nro 4 Ochenta y Siete (87) folios; Nro 5 Cuarenta y Nueve (49) folios útiles.- Conste.-

Scría.
JJTS/JWSP/rb
EXP N° 5224