REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 25 de Enero de 2012.
201° y 152°


Por cuanto se observa que el presente juicio se encuentra concluido, en virtud de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada en fecha -13/01-2012, mediante la cual se Declaro el Decaimiento de la Acción y vencido como se encuentra el lapso de apelación sin que las partes ejercieran recurso alguno, en consecuencia se declara Firme la Sentencia y con referencia a lo anterior, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.
JUEZ.
ABG. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.

SECRETARIA.

ABG. JENNIE W. SALVADOR P.


En la misma fecha se archivó en el libro respectivo bajo el N° 1.070, constante de Quinientos Veinticinco (525) folios útiles.- Conste.-

Scría.








JJTS/JWSP/rb
EXP N° 6302-96