REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS



Barinas, 12 de enero de 2012
201° y 152°


Por cuanto de una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que en fecha 22 de octubre de 2010, este Tribunal dictó auto el cual se encuentra inserto al folio cuatrocientos cuarenta y seis (446), en la presente causa, se observa que por error involuntario en él mismo, se ordenó el archivo del expediente, siendo que en realidad la causa se encuentra paralizada hasta tanto no conste en autos la notificación de sentencia de la Sociedad Mercantil Inversiones El Teide, C.A., en consecuencia, se revoca por contrario imperio el auto dictado por este Tribunal en fecha 22 de octubre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 12 y 206 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese constancia en el Libro Diario.

La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil


Expediente N° 02-1845-A.C.
REQA/ANG/Sofíasl.-