REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
201º y 152º
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICA
En el día de hoy, viernes diez (10) de febrero del año 2012, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la audiencia de juicio oral y público, en la causa signada con el Nº EP11-L-2010-000174, contentiva del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por la ciudadana Belkis Alicia Valero Rondon, titular de la cedula de identidad N° V-12.579.312, contra la Asociación Civil Universidad Santa Ines S.C., se constituye este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Sala de Audiencia, presidido por el Juez, Abg. Yorkis Pablo Delgado, la secretaria, Abg. Yoleinis Vera Almarza, y el Alguacil Jean Carlos Fernández, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, Carlos Linares. La Secretaria certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia así como la presencia de la partes, dejándose constancia que se encuentran presentes en la sala, el abogado Eliseo Grancko, inscrito en el Inpreabogado con el N° 49.422, apoderado judicial de la parte demandada, así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial que lo represente. Acto seguido el ciudadano Juez establece: vista la incomparecencia de la parte demandante, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, término, se leyó y conformes firman:
El Juez,
Abg. Yorkis Pablo Delgado
El apoderado judicial de la parte demandada,
Abg. Eliseo Grancko
El Técnico Audiovisual,
Carlos Linares
El Alguacil,
Jean Carlos Fernández
La Secretaria,
Abg. Yoleinis Vera Almarza
En esta misma fecha, en horas de despacho se publico la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
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