REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACION y EJECUCION
Barinas, 10 de Febrero de 2012
201°y152°
Vista las anteriores actuaciones remitidas a este despacho por la Unidad de
Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
mediante redistribución, dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución
N° 2011-0042 que crea dos Tribunales de Primera Instancia de Protección, y
designación como Jueza Provisoria del Tribunal Tercero de Mediación,
Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas por la Comisión Judicial del
Tribunal -Suprerno de Justicia en sesión de fecha 10/11/2011 según oficio CJ -
11-2772; a los fines del debido proceso y reanudación procesal del presente
asunto de COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, SE ABOCA AL
CONOCIMIENTO DE LA MISMA. De la revisión de las actas procesales se
observa ÚNICO: Por cuanto a la presente fecha la ciudadana SE OMITEN cuenta con su mayoría de edad, (18 años de edad), nacida
en fecha 05/02/1994, según copia fotostática de la cédula de identidad que riela
al folio 18 evidenciándose a los autos, no existir mas actuaciones de las partes
en la presente causa. Resulta forzosa declarar el CESE DEL
PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, con exclusión del
inventario llevado por este Tribunal de la presente causa que se encuentra
debidamente resuelta. Diarícese cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza
Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Abg.
Dayana Vivas Guiza y la Secretaria Abg. Landra Armario. Quien suscribe Abg.
Leandra Armario Secretaria del este Tribunal Tercero de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes a los folios del Expediente MD11-V-2011-000631 todo de
conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.-
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