REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN

Barinas, 16 de Febrero de 2012.-
201° Y 152°

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 13/02/2012, diligencias en la cual la ciudadana SE OMITEvenezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-23.039.126, asistida en este acto
por la abogado en ejercicio YRAISí SUPERLANO, titular de la cedula de identidad N° V-16.980.224,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 141.150, expone: "PRIMERO: Solicito muy respetuosamente
sea suspendida la Libreta de Ahorros perteneciente a la cuenta aperturada por este Tribunal ya que
la misma se encuentra extraviada. SEGUNDO:Por cuanto cumpli la mayoría de edad, solicito muy
respetuosamente sea depositado el dinero en la cuenta corriente N° 0105-0759-69-1759042293 del
Banco Mercantil a nombre de YRAISí SUPERLANO". Se acuerda agregar. Hechas las verificaciones
sobre su mayoridad. Se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega de los haberes
que le corresponden a la ciudadana SE OMITE, venezolana, mayor de edad,
titular de la cedula de identidad N° V.-23.039.126, por haber adquirido su mayoridad y por cuanto no
hay ningún otro beneficiario en la presente causa de ADMINISTRACiÓN DE BIENES, el Cese del
Procedimiento y el Archivo del Expediente. En consecuencia, se acuerda PRIMERO:Oficiar al
Gerente del Banco Bicentenario Agencia Barinas, a los fines de solicitarle se sirva emitir Cheque de
Gerencia a nombre de la ciudadana SE OMITE, venezolana, mayor de edad,
titular de la cedula de identidad N° V.-23.039.126, por el total del saldo actualizado a la fecha de la
Cuenta de Ahorros signada con el N° 0007-0013-47-0010165687, la cual está a nombre de este
Tribunal y de SE OMITE, por haber adquirido su mayoridad y CANCELAR
DICHA CUENTA.Se le informa que no se anexa Libreta de Ahorros por cuanto la misma fue
extraviada por la referida ciudadana, por lo tanto, si es necesaria la Libreta de Ahorros para la
Cancelación de la Cuenta, sírvase emitir nueva Libreta de Ahorros. SEGUNDO: SE ORDENA EL
CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Líbese Oficio. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Tercera de Primaria Instancia de Mediación y
Sustanciación Abg. Dayana Vivas Guiza. La Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las
copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la
Secretaria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original,
cursante al folio del Expediente TI1-S-2004-004463, certificación que se hace de conformidad
con el artículo 112 del Código .~c}¡.. . ~;o~ to Civil.