REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS


Barinas, 22 de febrero de 2012
201º y 153º

Hágase por Secretaria el cómputo de los días de despacho transcurridos desde el día dos de febrero del año dos mil doce (02-02-2012), fecha en que consta en autos la última notificación de la sentencia proferida por este tribunal, hasta la presente fecha (22-02-2012), ambas exclusive.

La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil

Quién Suscribe, Abg. Adriana Norviato Gil, Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, CERTIFICA: Que desde el día 02-02-2012 hasta el día 22-02-2012, ambas fechas exclusive, han transcurrido los siguientes días de despacho: viernes 03, martes 07, miércoles 08, jueves 09, viernes 10, lunes 13, martes 14, miércoles 15, jueves 16 y viernes 17 de febrero de 2012.

La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil



Expediente Nº 11-3283-C.B.
REQA/ANG/sofíasl.-










JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS



Barinas, 22 de febrero de 2012
201° y 153º

Por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que se encuentran vencidos los lapsos previstos en los artículos 252 y 314 del Código de Procedimiento Civil, para solicitar aclaratorias y ampliaciones y anunciar recurso de casación contra la sentencia de fecha 26 de septiembre del año 2012, dictada por este Tribunal en el presente juicio, sin que conste en autos que alguno o ambos recursos se hayan interpuesto, se declara FIRME la referida decisión y, en consecuencia, se acuerda remitir el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes. Désele salida y remítase con oficio. Déjese constancia en el Libro Diario.

La Juez Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil

En la misma fecha 22-02-2012, se remite el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con oficio N° 095, constante de noventa y tres (93) folios útiles. Conste.
La Scría.




Expediente Nº 11-3283-C.B.
REQA/ANG/sofíasl.-













JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.


Barinas, 22 de febrero de 2012
201° y 153°

N° 095

Ciudadano:
Abg. Juan José Muñoz Sierra
Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Su Despacho.


Ante todo reciba un cordial saludo.
Siendo la oportunidad legal, remito expediente signado con el N° 11-3283-C.B., contentivo del juicio de partición y liquidación de la comunidad existente, intentado por el ciudadano: Iván Darío Botero Ramírez contra los ciudadanos: Belquis Pastora Martínez Montilla, Geofreddy de Jesús Martínez Montilla, Carlos Jorge Martínez Montilla, Oscar Noel Martínez Montilla, Darwin de Jesús Martínez Ruiz y Darlene Karol Martínez Ruiz; constante de noventa y tres (93) folios útiles.
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.


Dios y Federación,

Rosa Elena Quintero Altuve
Juez Suplente Especial





Expediente N° 11-3283-C.B.
Anexo: Lo indicado.
REQA/sofíasl.

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Barinas estado Barinas