REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
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CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA QE,' ,:
SUSTANCIACIÓN y MEDIACiÓN ' ",',>

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Barinas, 18 de Julio de 2012,
2020 Y 1530
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Por examinados detenidamente la solicitud de PERPETUA MEMORIA, que antecede
suscrita por la ciudadana YELlTZA COROMOTO ZAAVEDRA, venezolana-mayor de 'edad,
titular de la cédula de identidad N° V-13.946.364; debidamente asistidá•;•¡3or.la abogada
HANMARY FALCÓN, INPREABOGADO N° 178.346; oídos los testigos MERYS ESTHER
RODRíGUEZ SAAVEDRA y JESÚS MANUEL MORA RODRíGUEZ, portadores de las
cedulas de identidad Nros. V-12.839.913; V-24,112.422; respectivamente, los cuales
manifestaron poder declarar y leídoles los particulares de la solicitud contestaron con respecto

al particular PRIMERO: Conocer suficientemente de vista, trato y comunicación a la
ciudadana YELlTZA COROMOTO ZAAVEDRA, y a los 'niños SE OMITEN de 07 y 05 años de edad. Con respecto, al
particular: SEGUNDO: Saber y constarle que los niños SE OMITEde 07 y 05 años de edad son sus Únicos yi Uníversales
herederos. Con respecto al particular: TERCERO:Saber y constarle que, éJ ,.éiydadahp,
oseAR RAMÓN VALBUENA CAMARGO, falleció sin haber otorgado testaméll,tÓ,inLiinsW~.ir ..
herederos el día 16/04/2012. Este Tribunal de conformidad con los artículos '936: y '937.'iidel i
Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República de Venezuela y:'p0r ~¡ut9)-jdá9i.d~¡I:~.~
Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes y suficientes _ p,o(:{Q 'q~I.~<~n
consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del:difú~td.:.QS.cAR
RAMÓN VALBUENA CAMARGO, C.I W V-13.061.002, a sus hijos SE OMITEN , de 07 y 05 '~ños ::de);~d~9; ,
DEJANDOSE A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. De,{JJélvase9.i'i,~jr~I"
con sus resultas a los solicitantes. Anótese su salida en los libros respectjv'Ss Cúmplase. ' . ", ',.," ' .

Jueza Primera de Primera Instancia de
Sustanciación y Mediación

Abg. Yolanda F. Guerrero G

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La Secretaria«. ,',
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devolvió original con resultas a susolicitanfe ,
___ ~ -,------,-', , constante de folios útiles. Conste:
En fecha
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se
La Secretaria-
Abg. RosauraContreras
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Exp. ND MD11-J-2012-000714 ' .
YFGG/nlra.-