REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas, 03 de Julio de 2012. 202 o y 153 o
Vista la MEDIDA DE PROTECCION TEMPORAL (EN ENTIDAD DE ATENCION), que
antecede, proveniente del Consejo de Protección de niños, niñas y adolescentes del Municipio
Barinas, respecto al niño SE OMITE, de 02 meses de nacido, sin
filiación materna y paterna establecida, de conformidad con el artículo 457 LOPNNA, por
cuanto dicho pedimento no es contrario al orden Público, a las buenas costumbres o alguna
disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO,conforme el
artículo 177 Paráqrafo/Primero literal "H" IBIDEM. désele curso por el Procedimiento Ordinario
establecido desde el artículo 450 LOPNNA, obviándose la fase de mediación de la Audiencia
preliminar con ocasión a la naturaleza de lo demandado. En consecuencia de conformidad
con los artículos 396, 398, 399 LOPNNA, SE ACUERDA COLOCACiÓN TEMPORAL EN LA
ENTIDAD DE ATENCiÓN UNIDAD DE PROTECCION INTEGRAL "LA ZARANDA Y EL
TROMPO", HASTA POR UN LAPSO DE TRES (03) MESES HASTA LA FECHA 03/10/2012,
del niño SE OMITE En razón de lo cual por haber sido abandonado
por su madre al momento de nacer el niño SE OMITE, (sin filiación
materna y,paterna establecida). DE CONFORMIDAD CON EL ARTíCULO 457 PARÁGRAFO
ÚNICO EJUSDEM, SE FIJA EL DíA Y HORA 02/08/2012, A LAS OCHO Y MEDIA DE LA
MAÑANA (08:30 AM), para que tendrá lugar el inicio de la fase de SUSTANCIACIÓN DE LA
AUDIENCIA PRELIMINAROfíciese al IDENA y a la Coordinadora del equipo
multidisciplinario de este tribunal, para que practiquen evaluación Social, Psicológica, médico
y Psiquíatrica del niño a los fines de determinar lo que corresponda en su orden sobre la
posibilidad de reintegro familiar e idoneidad de la medida temporal, a cargo del equipo
Multidisciplinario del IDENA Notifíquese a la Fiscal Especializado a los fines de Ley Líbrese
las boletas y oficios respectivos. Diarícese Cúmplase. Siguen firmas Jiegibles de la Juez
Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda Guerrero y la
Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma
ilegible de la Secretaria. Quien suscribe en mi carácter de secretaria del este Tribunal Primero
de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los
folios del Expediente MD11-V-2012-000430, todo de conformidad con el articulo 112 del
Código de procedimiento Civil.
Exp N° MD11-V-2012-000430
YFGG/ jg