CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
Barinas, 04/ de Julio de 2012.
2020 Y 1530
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR, proveniente de la Fiscalía Séptima de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos CRISTHIAN MANUEL
RODRíGUEZ y YEIMAR GABRIELA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de
edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-19.619.252 yV-19.366.295
respectivamente, padres del niño SE OMITE, de 04 años de '.
edad; EN EL CUAL ACUERDAN: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR'
AMPLIO,"ÚNICO: CADA QUINCE DíAS EL PADRE BUSCARÁ A SU HIJO EN EL
HOGAR MATERNO LOS DíAS VIERNES EN HORAS DE LA TARDE (3:00 PMlY
LO REINTEGRA EL DíA DOMINGO EN HORAS DE LA TARDE, COMENZANE)"Q
ESTE FIN DE SEMANA (29/06/2012) Y LAS VACACIONES DE CARNAVALE$.,
SEMANA SANTA, ESCOLARES Y DECEMBRINAS SERÁN COMPARTIDAS ~Y.
ALTERNAS, DíA DEL PADRE CON EL PADRE DíA DE LA MADRE CON LÁ',
MADRE". 'Por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y",ta:::."
ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR t3N-<
DERECHO~ DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE:
CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO LITERAL •~\[l"_'••
REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 ":~I;
". .. :,'
517 ibidem). Por la naturaleza -del asunto que se presenta se obvia la fase dé"
mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a díctarja ..
correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la República y por •
Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL PRIMERO.' .
DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION IMPART.E•
HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO, SE ACUERDA EL CESE y.:: ; , .
ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de'o/" .'
la presente, homologación. Devuélvanse los originales consignados prevj~t:;"
certificación de autos por la Coordinadora de secretarias, Remítanse las presentés,'. .
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendarió::~•.•'•
partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de e~~f ..
Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de Prirneja".'
Instancia de Sustanciación y Mediación Abg. Yolanda F. Guerrero G y la Secretaria. Ed~'i'~-"
misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la'
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del Tribunal Primero de Primera Instancia-de' .
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior.
traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes al Expediente MD11-H-2012- , .....
000847, todo de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil. ,,'
~.-!.: ..... .
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. Exp. N° MD11-H-2012-000847
YFGG/nlra.-
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