REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 11 de Julio de 2012
202º y 153º
Por cuanto asumí el cargo de Juez de este Despacho, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, por haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso, Juez Provisorio de éste Juzgado; se ordena la notificación del abocamiento de las partes ó de sus apoderados, lo cual deberá cumplirse con arreglo a lo preceptuado en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se fija un lapso de diez (10) días de despacho para la reanudación del proceso, que se computara desde que sea cumplida la notificación ordenada, luego de lo cual comenzarán a correr los lapsos para que las partes hagan uso de su derecho a la defensa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación de abocamiento al ciudadano JULIO CESAR BALZA DÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-678.364, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4477, apoderado judicial del ciudadano JOSE ANIBAL MEDINA PÉREZ parte demandante entréguese al Alguacil del Tribunal a los fines que practique la misma y la de la parte demandada MIRIAN HERRERA DE ESPAÑA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.775, en su carácter de defensora judicial del ciudadano OTERO LÓPEZ MANUEL, Español, casado, titular de la cedula de identidad N° 361.395 y la ciudadana LIDIA YASMIN MONTILLA BONILLA, abogada en ejercicio, actuando como defensora judicial de los herederos ausentes de MANUEL OTERO LÓPEZ y por cuanto no se encontró domicilio procesal alguno, fíjese en la cartelera del Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 174 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ.-

Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
SECRETARIA.-

Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
En la misma fecha se libraron boletas de notificación. Conste.-
Scria.-

JJTS/JWSP/ah
Exp. Nº 2.531-00.