CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.

Barinas, 04 de Julio 2012. 202 o y 153 o

Vistos los términos del Convenimiento de OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN,
proveniente de Defensoría de niños, niñas y adolescentes, alcanzado por los ciudadanos
KENIFER KARELlS BALZA RODRIGUEZ y JOSE FIDEL MARTINEZ BETANCOURT,
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-
25.078.571; V-24.612.373 respectivamente, padres del niño SE OMITE de 04
meses de nacido. Por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a
ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO,
DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, para proveer a su
Homologación, observa el Tribunal que la presente solicitud carece de términos de la
OBLlGACION DE MANUTENCION, "Artículo 375 CONVENIMIENTO: El monto a pagar
por concepto de Obligación Alimentaría, así como la forma y oportunidad de pago pueden
ser convenidos entre el obligado y el solicitante ... (Omisis) ..... y los mismo deben ser
sometidos a la homologación del juez, quién cuidará siempre que los términos convenidos

. no sean contrarios a los intereses del niño y del adolescente. El convenimiento
homologado por el juez tiene fuerza ejecutiva"(lo subrayado es nuestro) En
consecuencia por no constar los montos monetarios concretos de la OBLlGACION DE
MANUTENCION ACORDADOS POR LAS PARTES PARA SER HOMOLOGADOS,
RESULTA FORSOZO POR CONTRARIO AL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO DE
AUTOS, SE NIEGA SU HOMOLOGACION JUDICIAL Y Así SE DECIDE. Expídanse las
copias certificadas de Ley de la presente Sentencia Interlocutoria SE ACUERDA EL
CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. En razón de lo cual
remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un (01)
año calendario al presente auto,de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal.
Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez.Tercera de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación y la Secretaria. En la. misma fecha se libraron copias
certificadas de Ley Conste Sigue firma ilegible de la Secretaria Quien suscribe en mi
carácter de secretaria del este Tribunal tercero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación de esta Circunscripció H~ra.~ '" TI FICO que anterior traslado es copia
fiel y exacta de sus originales, c ,( ~(e~J~alt.W~ ~ &o.S del Expediente MD~ 1-V-2012-
Exp. N° MD11-V-2012-000815
DVG/ jg