REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 27 de julio de 2012.
Años 202º y 153º

Sent. Nº 12-07-13.

Visto el escrito presentado en fecha 23 de los corrientes, por la actora ciudadana Sandra Tibisay Piña Morales, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.498.361, con domicilio procesal en la avenida Lugano, Urbanización Alto Barinas Sur, casa Nº 172, asistida por su apoderado judicial abogado en ejercicio Luis Guillermo Salinas Espinoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 180.563, mediante la cual manifiesta desistir de la demanda de divorcio ordinario fundamentada en las causales segunda (2da) y tercera (3ra) del artículo 185 del Código Civil intentada en contra del ciudadano Raúl Eduardo Rodríguez Granados, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.968.252, representado por los abogados en ejercicio Juan Pedro Manrique López y Arturo Camejo López, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 31.249 y 25.544 respectivamente, y llenos como se encuentran los extremos a que se contraen los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada.

La Juez Titular

Abg. Reina Chejín Pujol. La Secretaria Titular

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. Nro. 12-9620-CF.
rcb.