REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente
Sala Accidental Especial
Barinas, 03 de Julio de 2012
202º y 153º
CAUSA: 0168
(M-216/2012)
PONENTE: MARBELLA SANCHEZ

Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por los Abogados Alexander Marcano Romero y Carlos Alberto Bonilla, en su condición de Defensores Privados del adolescente Numa Michael Altuve Toro, en contra de la decisión dictada en fecha 05.06.12, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Accidental del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual se Negó la solicitud del cese de decaimiento de la medida y autorizo la privación preventiva del Numa Michael Altuve Toro. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso, observa:

PRIMERO: Que dicho RECURSO DE APELACIÓN, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la Defensa Privada. SEGUNDO: Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. TERCERO: Que el recurrente fundamenta su recurso en el artículo 447 Ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los Abogados Alexander Marcano Romero y Carlos Alberto Bonilla, en su condición de Defensores Privados del adolescente Numa Michael Altuve Toro, debe ser declarado Admisible. Y así se declara.
D I S P O S I T I V A


Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental Especial de la Corte de Apelaciones de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por los Abogados Alexander Marcano Romero y Carlos Alberto Bonilla, en su condición de Defensores Privados del adolescente Numa Michael Altuve Toro, en contra de la decisión dictada en fecha 05.06.12, por el Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal; y de conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó fijar la quinta (05) audiencia siguiente para dictar la correspondiente decisión. Notifíquese a las partes.

LA JUEZA DE APELACIONES PRESIDENTA,

DRA. MARBELLA SANCHEZ
PONENTE
EL JUEZ DE APELACIONES LA JUEZA DE APELACIONES,

DR. TRINO MENDOZA DRA. VILMA MARIA FERNANDEZ

LA SECRETARIA,


ABG. JOHANA VIELMA


CAUSA N° 168
MS/TM/VF/JV/tg.-