CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑASY ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
,
TRI~UNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION,
SUSTANCIACION y EJECUCION
Barinas, 14 de Junio de 2012 2020 Y 1530
Por examinados detenidamente la solicitud de DECLARATORIA DE UNICOS y
UNIVERSALES HEREDEROS, que antecede suscrita por la ciudadana EDDY
MAYGUALlDA ORTIZ GONZALEZ, Venezolana, Mayor de edad, titular de la cedulade
identidad N° V-22,090,989 actuando en su condición de hija y la ciudadana ROSA
ELlZABETH \ÍIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°
V-9.265.291, actuando en su condición de madre de los Niños y Adolescentes
SE OMITEN de 14, 11,
12, 16, 17 Y 08 años de edad respectivamente, debidamente asistida por la Abg.
MILAGROS RAMOS, INPREABOGADO N° 160.128, oídos los testigos YALlTZE
COROMOTO BETANCOURT CASTILLO Y JUAN DE JESUS LARA BRACA, portadores
de las cedulas de identidad Nros. V-11.189.233; V-2.756.648 respectivamente, .las,
cuales manifestaron poder declarar y leídoles los particulares de la solicitudcontestaron
con respecto al particular PRIMERO: Conocerlos de vista, trato y comunicación. Con
'respecto al particular: SEGUNDO: Conocer de vista, trato y comunicación al De, Cujos
ciudadano ERNESTO ANTONIO ORTIZ. Con respecto al particular TERC~R0: $ab'er y , ','
constarles que el De Cujos ciudadano ERNESTO ANTONIO ORTIZ era ,su(Padre:,
Legítimo. Con respecto al particular: CUARTO: Saber y constarles que los:Úºi~os•Y '.'
Universales Herederos son sus Únicos Hijos la ciudadana EDDY MAYGUALlDA ORTIZ:
GONZALEZ,y los Niños y Adolescentes SE OMITEN .Con respecto al particular: QUINTO: Saber-y
Constarle que el ciudadano ERNESTO ANTONIO ORTIZ falleció en la i~tej- Gomuri~1
Barinas - Barinitas, Sector Quebrada Seca en un accidente de transito 'el día. Ofde
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Octubre del año 2011. Con respecto al particulai":SEXTO: Que los testiqcs den-razón
fundada de sus dichos. Este Tribunal de conformidad con los artículos 930 y 937' del
Código de Procedimiento Civil, en nombre de la Republica de Venezuela. y por
Autoridad de la Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes-y-suficientes ' '
por lo que en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS,del'
difunto ERNESTO ANTONIO ORTIZ, titular de cédula de identidad N° V~9:259.105,a
sus hijos, la ciudadana EDDY MAYGUALlDA ORTIZ GONZALEZ,titular de la ced~la ,de
'. "1"
identidad N° V-22.090.989" los Niños y Adolescentes SE OMITEN , de 14,11,12,16, t7y08.años
de edad respectivamente DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHÓS DE
TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótesesu.salida en
el libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de,
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. GuerrercfG. y de; la '
Secretaria Abg. Rosaura Contreras. En la misma fecha se libraron las 'coplas
certificadas de Ley. Conste: la Secretaria. Quien Suscribe La Secretaria Abg, Rosaura
Contreras de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes dé: .
esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia.fiely.exacta
de su oriqinal, Cursante al folio __ del Expediente MD11-J-2012-00056S: certificación
que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedtrnlentoClvll",