CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENtE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINASf
s
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA .,
DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
Barinas, 18 de Junio de 2012.
2020 Y 1530
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR,proveniente de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes CUIDANDO
FUTURO - Barinas Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos MILADY DEL
CARMEN RODRíGUEZ MORENOY EDGAR JOSÉ PEÑA RODRíGUEZ, venezolanos,
mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-11.71 Q.049 y V-
11.708.066 'respectivamente, padres de la niña SE OMITE de 07 años de edad; EN EL CUAL ACUERDAN: REGIMEN DE
CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO, "ÚNICO: AMPLIO ALTERNANDO FINES QE
SEMANAS Y VACACIONES SIEMPRE QUE NO SE INTERRUMPAN LAs
HORAS DE ESTUDIO Y DESCANSO DE LA NIÑA". Por no ser contraria al orden
público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley;"SE
ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL'CUHSO
DE LEY CORRESPONDIENTE.CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAG'RÁFO
SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción
voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se
obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se-precede,
a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombrerde .1ft .
República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNr\JJ(este
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIAC'lóf\r;,,'y
SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las 'Copias '
certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados previa certificación de autos por la Coordinadora de secretarias.",
Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudenci'alde,
un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cualtóinese-
nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas~je.9i6.lé~.;
de la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abg. Yo.l~n~á F~'
Guerrero G y la Secretaria, En la, misma fecha se libraron copias certlñcadastdé.Ley'
Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del 'Tribunal
Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circun$Gripcióh"
Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus o[¡ginales,
cursantes al Expediente MD11-H-2012-000706, todo de conformidad con el art(bpló1;[2
del Código de procedimiento Civil. '



Exp. N° MD11-H-2012-000706
YFGG/nlra.-


LA SECRETARIA.


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