CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
~DE LA CIRCUNSCRIPC.ION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas, 18 de Junio de 2012. 202 ° Y 153 °
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR,
proveniente de la Defensoría de niños, niñas y adolescentes del Estado. Barinas,
alcanzado por los ciudadanos ALllA GUTIERREl JOSE LEON y PEREZ MELENDEl
• SANDRA ELlZABETH, venezolanos, mayores de edad, titulares de .las cédulas de
identidad personales Nros V-15.329707; V-16.600.806 respectivamente, padres de la
niña SE OMITE, de 07 años de edad, EN EL CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN
DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO. ALTERNANDO FINES DE SEMANAS, LAS
VACACIONES, SIEMPRE Y CUANDO NO SE INTERRUMPA LAS HORAS DE
DESCANSOS Y ESTUDIOS DE LA NIÑA." Por no ser contraria al orden público a las
buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE QUANTO
HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY
CORRESPONDIENTE. CONFORME El ARTíCULO 177 PARAGRAFO . SEGUNDO
LITERAL "l"-REFORMA lOPNNA,por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art.•
511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se obvia la faséde
mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a . dictar. la
correspondiente resolución. En éonsecuencia en Nombre de la República-y .por
Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL PR.IM~RÓ pE
PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION '" IMPARTE
HOMOlOGACION Al PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA EL CESE Y ÁRCHIVO,
DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de .,Ley de "la prese•nte••
homologación. Devuélvanse los originales consignados a autos previasucertjficación
de autos por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al ArchivoJudicial en
• un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia,
de lo cuál tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen .'
firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y. Sustanciación
Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se . libraron. . copias
certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quiensüsc~ibe~La,
secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es .copia fiel y exacta
de sus originales, cursantes a los folios del Expediente MD11-H-2012'-000722,
todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil. . '