REPUBLlCA BOLlVAf~fANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDiACiÓN Y SUSTAI~CiAC¡Óf~
Barinas, 04 de Junio de 2012.-
202° Y 153°
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 31/05/2012, diligencia en la cual el ciudadano NILSON ALEXANDER GONZALEZ
Ij:,NDAEfA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-24.556.331
asistido en esta acto por la abogada KALlDIA SANTANDER BALOA, titular de la Cédula de
Identidad N° V.-10.669.830, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.482, Defensora Pública
Primera de Protección del Estado Harinas, expuso: "Por cuanto cumplí la mayoría de edad corno se
evidencia de copia simple de mi cédula de identidad que consigno, solicito la entrega del dinero que
''le corresponde y el cese de la causa" Se acuerda agregar. Hechas las verificaciones sobre su
mayoridad y por cuanto no queda ningún otro beneficiario en la presente causa, se ordena él ia
Oficina de Control de Consignaciones hacer entrega de la cuota parte que le pertenece al
ciudadano SE OMITE, venezolano, mayor de edad, titular de ia
~~éduI3 de identidad N° V.-24 .556.333, cancelar la Cuenta de Ahorros y el Cese del Procedimiento y
el Archivo del Expediente En consecuencia, se acuerda Oficiar al Gerente del Banco Bicentenario,
a los fines de solicitarle .se sirva emitir Cheque de Gerencia a nombre del SE OMITE venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad
":0 './-24556.333, por el tata! del saldo actualizado a la fecha que se encuentra depositado en 'a
Cuenta de Ahorros signada con el N° 0175-0092-96-006017568~ la cual está a nombre de este
Tribunal y del ciudadano SE OMITE Y CANCEl_A~Di~I-y-\
CU~rjTAt por haber adquirido su mayoridad Así MISMO SE ORDENAEL CESE Q;~
Ef~O~ED¡M-'ENTO y EL ARCHIVO DEU~PEDIENTE Líbrese Oficio. Diarícese y Cúmplase.
Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg
Yolanda F. Guerrero G. La Secretaria (fdo) En esta misma fecha se libró las copias certificadas
de ley. Conste La Secretaria (tdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria (Ioo.) del
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial,
(:r:r~T:F!CC Oue el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio
del Lxpediente TI1-S-2000-0000 79, certificación que se hace de conformidad con el articulo 1 í; O¿;I
Código de Procedimiento Civii


Exp N° TI1-S-2000-000079
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