REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 25 de Junio de 2012.
201° y 153°



Por cuanto se observa que el presente juicio queda concluido, en virtud de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada en fecha 30-05-2.012, mediante la cual se Declara el Decaimiento de la Acción y en consecuencia extinguido el proceso, y por cuanto las partes no ejercieron recurso alguno. En consecuencia se declara Firme la Sentencia y con referencia a lo anterior, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.
JUEZ.
ABG. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.




SECRETARIA.

ABG. JENNIE W. SALVADOR P.



En la misma fecha se le dio salida bajo el N° 1.105, constante de Doscientos Veintiún (121) folios útiles.- Conste.-

Scría.




JJTS/JWSP/rb
Exp N° 2625-00