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CIRCUITO JUDICIAL OlE PROTEGCI0~ ~fil ~INQ, I)JlNA. )1 Dril A~~k~$f)~N1ZEE
. " DE LA CIRCUNSCRIf'lCICN JUDICIAL DEL E8TAOOaARIN'~ " .. , .
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SW$JANCIACION.
Barinas, ,--U de Junio de 2012. ~~> ,¡
402 9 Y 153 o ,,~~;,


Vistc;! la anterior selleltud de fecha 04/06/2a~ i, suscrita eer los cónyu~~s eU~M~N'fE
HUMBERTO MEJIAS VALERO y YULMARIS COROMOTO HERNAN,bEZLOPEZ,
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V~9.382.055; V-
9,385.072 respectivamente, padres del adolescente SE OMITEde 17

años de edad, mediante la cual solicitaron la dtsoluelér. del vínculo m$trirnonial que
contrajeron en fecha 26/12/1.984, por ante la prefectura de la parroquia él Carmen del
Municipio Barinas del Estado Barinas, alegando ruptura prolongada de su vída.en común por
espacio de más de cinco años, sin .tntermitenelas ríe reconoiliaoión, POR REVISADO EL
CUMPLIMIENTO DE DICHO SUPUESTO DE HECHO, SE ADMITÉ CUANTO HA LUGAR

EN DERECHO!CONFORME EL ARTICULO 177 PARAGRAFOSEGUNDO,lITERk-L,,"G"
LOPNNA Désele el curso de ley conforme el procedimiento de Jurlsdleelén \y'pluhtar¡a~(Art
511 al 517 LOPNNA). En consecuencia se procede de seguidas el dic.tár,z',!~ .. r@q¡.¡~rtd.?
determinación respetando los términos de las bases Propuestas en la, $qli~jtud.(:{'i;ie/;n9"~

, afecten el interés superior de sus hijos comunes, conforme los artículos Oá~y';3.;',';~\9ij~~f~f~.,
Primero LOPNNA, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA QE;, ..... "CION.',:\
y SUSTANCIACIÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE~\."~EBÜ~~IQ~
SOLlVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLAR~"G'ONLUGAR'
la acción interpuesta y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrirrtor,iaiqu~':u:0}~a,

los cónyuges' CLEMENTE HUMBERTO MEJIAS VALERO y. YULMARI$'~cn~qMbTb
HERNANDEZLOPEZ,desde la fecha 26/12/1.984, según Acta N° 177 Y conform~.el"a'iilc,qlo
30 LOPNNA, HOMOLOGA los términos de arreglo en cuanto al cumplimient6deli#e~er(de
Manutención del adolescente habido en el matrimonio, y a tal efecto la OBL:J§ACJONDE
MANUTENCiÓN,a cargo del padre por la cantidad de MIL 80LlVARES (Bs,;:tQ'QP,ÓOt
mensuales. adicional en los meses de Julio y Diciembre la cantida~, de~.R:8;: MJ:!i'
BOllVARES (Bs. 2.000,00), cantidades de dinero que deberán ser depositadas en ~~etit,a,
bancaria a nombre de la madre, dejando por sentado que las cantidades acordedas-estaráa..
sujetas a aumento automático consecutivos que se verifican en la misma opºGtklnidad.enqü~';:
se aumenten 10$ salarios mínimos decretados por el Ejecutivo Nacional, eo'riJ8,tciª.pr~,vé e('
artículo 369 LOPNNA, que las mismas se deberán cancelar por adelantado ¡:¡,~gÚ~",p($vé' é!,",
artículo 374 Ibidem, así como estarán además obligado el padre y la méld(f#:1!l golqbo,[a("'
recíprocamente en un cincuenta, por ciento (50%) con eualesqulera o~r~.,g,aej6s~e
eventualidad en el caso de enfermedad medicinas intervenelones quirófgic4i~;' ett¡Jb~q¡Ó!1i .
deportes y recreación entre otros dentro de la amplitud ser1f:llada por el artíeu!o•:3a~;Ejusderr1.
En cuanto a la CUSTODIAdel adolescente SE OMITE'qQea~'
- - - - . - . ._ - .' - ~.. =: ',". '1- "
conferida el la madre YULMARIS COROMOTO HERNANDE:Z LOPEZ. Có,,:respectóa lá,

PATRIA POTESTAD: Está será cumplida por ambos padres y en cuanto a~::k~O¡I\IIE~'.Ae.
CONVIVENCIA FAMILIAR,a ser ejercido conforme han pactadocon esp~qj~'éDfa$is'<~F~~~,1 '
interés superior del adolescente antes mencionado. En la ciudad de Barina1sjá IQ~ (J~ )t:ata~'
del mes de Junle del 2012, Años 2020 de la Independencia y 1530 de la Fe&etáoiÓn:}Siguén
firmas ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y S&stari.ci~9i'6fl.•IEr.
la misma fecha se libraron copias éertlñcadas de Ley. Conste: Sigue firrn~,rl~g¡~]é. d'e' I.@
Secretaria. Quien suscribe err ml carácter dª,,~ermaf Instancia de Mediación y Sústanciación";e$t~CirCL;ñscripción Judicial, Cf~RTjFICÓq'Ue
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anterior traslado es copia fiel y exacta •:6:6ig.inales, cursantes a los folios del Ex'pedJ,eQte
MQ11-J-2012-000599, todo de confot .. "eJ,\~b•n el artlcule 112 del Códígo detproq~~¡rnJento"
Civil. .. II '';f,iJ..''i \, ;'; ",<',<" ."