REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARIf\JAS
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TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCiÓN

Barinas, 18 de Junio de 2012. 2020 Y 1530

Por examinados detenidamente la solicitud de DECLARACiÓN DE UNICOS y
UNIVERSALES HEREDEROS, que antecede suscrita por la ciudadana MAIRELlS
ALEXANDRA LORETO PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de' la cédula de
identidad N° V-20.101.640, asistida por el abogado JOSE EZEQUIEL GARRIDO,
INPREABOGADO N° 151.795, oídos los testigos CARMEN ELVIRA HIDALGO GRAVO Y
DOUGLAS RAMON ROJAS COLMENARES portadores de las cedulas de identidad Nros.
V-6.384.064 y V-8.148.812; respectivamente, los cuales manifestaron poder declarar y
leído les los particulares de la solicitud contestaron con respecto al particular PRIMERO:
sobre generqlidades de ley, SEGUNDO dar fe que la causante ROSA COROMOTO
-PINEDA MEDINA era soltera y madre legitima de MAIRELlS ALEXANDRA, MAYRA
ALEJANDRA, MARYELI ANDREINA, CESAR MANUEL Y BRUNO MANUEL .. LORETO
PINEDA. TERCERO: Constarles que los únicos herederos de la prenombradade cujus son
sus hijos SE OMITEN , y no tuvo otros ~ hijos'. ::CUARTO
Constarles que la prenombrada de cujus murió en el Barrio el Cambio" cerca ,'9€ la
Residencia del Gobernador del Estado Barinas el 21 de febrero del 2.003. _EsteTri~u,nal
Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de (a
Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de conformidad con los artículos936y~37 del
Código de Procedimiento Civil, en nombre de la Republica de Venezuela y par Autorldao
de la Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes y suficientes por lo queen
consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la difunta ROSA
COROMOTO PINEDA MEDINA, C.1. V.-11.169.396, a sus hijos SE OMITEN , los tres primeros de los nombrados, mayores de edad y de1 ~i .. 15
años de edad, respectivamente, DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE
JERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el
libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la JuezaTercera de
Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog. Dayana Vivas yde la
Secretaria. En- la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La
secretaria. QUIEN SUSCRIBE La SecretarJa del Circuito de Protección de Niños, Niñas y' ,
Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el. anterior traslado es '
copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio __ del ~~p.e,fJiente MD1.1:.J-2012-
00059~, ,certific~~ión que se hace de conformidad con ~,;.~:tíí~~~:7?,~1~~ d~l, Cócjigo:de
procedimiento CIvIL h
.<.~" ....

Exp. MD11-J-2012-000595
DVG/deyci.-