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DE LA CiRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y Sl,.JSTANCIACION.
Barinas, 07 de Junio de 2012, { .
202 Y 153 lj':
Víat0s les t~PFJi1íR(j3 del aeuerse €le tr(1!~iM~~s.B¡:;. e~NviyItNeIA"~AMILlAR,
proveniente de Defensoría de niños, niñas y adolescentes del Estado Barinas, alcanzado por
¡as ciudadanas ANDRES EDUARDO ZAMBRANO y ANA ALELI PLANA, venezolanos, mayor
. - .' - ¡
de edad, titulares de las cédulas de identidad personales NíOS V-20.276.097; V~18.425.513
respectivamente, padres de la niña SE OMITE, de 04 años de
edad, EN EL CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN DE CONVIVENCiA FAr,,11L1AR."EL PADRE
COMPARTiRA CON SU HIJA UN FiN DE SEMANA CADA QUINCE (15) OlAS, LA BUSCARA
LOS OlAS VIERNES EN LA TARDE Y LA REINTEGRARA Al HOGAR MATERNO El OlA
DOMINGO EN HORAS DE LA TARDE. lOS PERIODOS VACACIONALES (CARNAVALES,
SEMANA SANTA, ESCOLARES Y DECEMBRINOS) SERAN ALTERNaS y COMPARTIDOS
PREVIO ACUE,RDO ENTRE LAS PARTES." Por no ser contraría al orden público a las
buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA
LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE,
CONFORME El ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA
LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la
naturaleza del asunto que se presenta se obvia la fase de mediación y sustanciaclón de la
audiencia preliminar y se procede a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en
Nombre de la República y por Autoridad de la ley conforme el artículo 518 lOPNNA, este
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
IMPARTE HOMOlOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SF AgUERDA EL CESE Y
ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de la presente
homologación. Devuélvanse los originales consignados a autos previa su certificación de
autos por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso
prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese
nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza
Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha
se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien
suscribe La secretaria del este tribunal terc~~é~:~;;,-.. rimera Instancia de Mediación y
Sustanciación de esta Circunscripción Judici :;B~Rtu~:rG:>, ue anterior traslado es copia fiel
y exacta de sus originales, cursantes a lo;,': li,os~de'I¡jE'ift~}~j:~,> te MD11-H-2012-000658, todo
de conformidad con el articulo 112 del CÓ 'o,de'~'pro dfrn\l.~rrtÓ Civil.
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