REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 06 de junio del año 2012
202° y 153°
Vista la diligencia presentada por el ciudadano: Gonzalo Antonio Palumbo González, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad personal número V- 5.019.932, con domicilio en el Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, actuando con el carácter de tercero demandante en la presente causa; debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio ciudadano: Malquídes Antonio Ocaña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V- 4.255.804, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.395, mediante la cual confiere poder Apud-Acta a los abogados: Malquídes Antonio Ocaña, Paulo Emilio Uzcátegui Guerra y Enmanuel Antonio Alfonzo Malavé, titulares delas cédulas de identidad personal números V- 4.255.804, V- 8.002.994 y V- 283.764, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Aboga bajo los Nros. 52.395, 31.007 y 56.562, en su orden. En consecuencia ténganse como apoderados judiciales en el presente juicio a los referidos abogados. Diarícese.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
En esta misma fecha, se agregó. Conste.
La Scria.
Expediente N°: 2012-3456-C.B.
REQA/ANG/ana maría