REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 22 de Marzo de de 2012
201º y 153º
Por cuanto se observa que el presente juicio se encuentra concluido, en virtud de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada en fecha 25-01-2012, mediante el cual, este juzgado declara el decaimiento de la Acción, y por cuanto las partes no ejercieron recurso alguno. En consecuencia, se declara Firme la Sentencia y con referencia a lo anterior, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.
EL JUEZ.
Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
SECRETARIA.
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
En la misma fecha se archivó en el libro respectivo bajo el N° 1.077, constante de Setenta y Dos (72) folios.- Conste.
Scría
JJTS/JWSP/ah.
Exp. Nº 4.247-03.-