CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
Barinas, 26 de Marzo de 2012.
201 o y 153 o
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR,
proveniente de Defensoría de niños, niñas y adolescentes del Estado Barinas, alcanzado por
las ciudadanas JESUS ENRIQUE TORREALBA VIVAS y NERY EDELMIRA ESCAMILLO
LOBO, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-
10.187.293; V-12.553.745 respectivamente, padres del adolescente SE OMITE, de 17
años de edad, EN EL CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
AMPLIO. EL PADRE COMPARTIRA CON SU HIJO UN FIN DE SEMANA AL MES." Por no
ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la
Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE
LEY CORRESPONDIENTE.CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO
LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al
517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se obvia la fase de mediación y
sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a dictar la correspondiente resolución.
En consecuencia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo
518 LOPNNA, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACIOÑ IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA
EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de
la presente homologación. Devuélvanse los originales consignados a autos previa su
certificación de autos por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo
Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha
sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase.
Siguen firmas ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha "se libraron copias certificadas de Ley.
Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este tribunal
tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciacié e esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y e, ~el riginales, cursantes a los
folios del Expediente MD11-H-2012-000416, todo 'e" G~nr,~ .4 con el articulo 112 del
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xp. N° MD11-H-2012-000416
DVG/jg
B3.
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