REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 28 de Mayo de 2012.
201º y 153º
ACTA DE INHIBICIÓN:

En el día de hoy, Veintiocho (28) de Mayo de Dos Mil Doce, comparece por ante éste Tribunal el abogado: JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.991.668, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.420, y expuso: “En virtud del traslado acordado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año 2011, como Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ME INHIBO de conocer en la presente causa signada con el Nº 5099, conforme a lo que me señala el ordinal 9° del Articulo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto represente a la parte demandada. Dejo constancia que esta inhibición no obra contra ninguna de las partes ni de sus apoderados. Déjese transcurrir el lapso previsto en el Artículo 86 ejusdem. En consecuencia, se ordena la apertura del cuaderno separado de Inhibición el cual comenzara con la presente actuación. Es Todo. Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,


Abg. JOSÉ JOAQUIN TORO SILVA.
LA SECRETARIA,


Abg. JENNIE W. SALVADOR P.

JJTS/JWSP/br
EXP N° 2.430.-