CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL
TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
BARINAS, 01 de Noviembre de 2012
2020 Y 1530
MD11-V-2012-000653,@,CTA SESION INICIAL DE LA FASE DE MEDIACIONI
ACUERDOS TOTALES
Siendo las (11 :20 a.m.) día y hora señalados para que tenga lugar la Sesión
inicial de la Fase de Mediación de la audiencia preliminar, en la presente
causa de Obligación de Manutención, se anuncio dicho acto por el
alguacilazgo de este tribunal, compareciendo la Accionante ciudadana
Nohelia Yajaira Díaz Sarmiento, C.I NO V-18.290.276; compareció también
el Accionado ciudadano Jose Javier Castillo Camacho, C.I NO V-18.772.268,
padres de la SE OMITE , de 2 años de edad; la Accionante
solícita Mil bolívares mensuales, como bonificación especial en el mes de
Agosto la cantidad de 3.000 Tres Mil Bolívares y para el mes de Diciembre
como Bonificación especial la cantidad de 4.000 Cuatro Mil Bolívares. los
mismos manifestaron su disposición de llegar acuerdos a favor de su hija,
bajo comedíacción entre la jueza de este tribunal alcanzándose en
efecto entre las partes en los siguientes términos: el padre aportara
la cantidad de Seiscientos Bolívares mensuales 600, a razón de 300
bolívares Quincenal, para el mes de Agosto por cuanto la niña no se
encuentra estudiando por su corta edad no lo va a cancelar y para el mes
de Diciembre la Cantidad de Mil Quinientos Bolívares 1.500 y el 50% de los
gastos de Medicina, los cuales el padre depositara en cuenta de la
progenitora del banco Mercantil cuenta de ahorros numero 0105-
0049440049717251, acuerdos que en este mismo acto conforme al artículo
470 lopnna este tribunal homologa por no contrariar disposiciones legales ni
el interés superior del Adolescente de autos se declara el cese y archivo de
la presente causa, es todo. Termino se leyó y conformes firman.. Sigue
firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe Leandra Armario Blanco, en mi carácter
de secretaria del este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es
copia fiel y exacta de sus originales, cursantes al folio _del Expediente .MD11-V-
2012-000653, es todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento
Civil.