REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 28 de noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-R-2012-000105
ASUNTO : EG01-X-2012-000015

PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA.

ACUSADO: LIVIO RAFAEL VELA VALERO.
DEFENSA PRIVADA: ABG. IRIS YOLANDA GAVIDIA.
VICTIMA: LUISA EUSEBIA NADAL DE DIAZ y EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ NADAL.
MOTIVO CONOCIMIENTO: INHIBICIÓN DRA. FANISABEL GONZALEZ MALDONADO.
PROCEDENCIA: SALA UNICA DE LA CORTE DE APELACIONES.

Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones, conocer sobre la inhibición planteada por la Jueza Superior de este Circuito Judicial Penal Dra. FANISABEL GONZALEZ MALDONADO. En su acta de Inhibición de fecha 21.11.2012, señala como causa la norma contenida en el numeral 7º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 Ejusdem, en virtud de que:

“…Omissis…Por cuanto emití opinión actuando en mi condición de Jueza de Juicio Unipersonal Nº 02 dictando Sentencia Condenatoria, en la causa principal N° EP01-P-2010-004216, seguida en contra del acusado LIVIO RAFAEL VELA VALERO, titular de la cédula de identidad Nº 18.839.564, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de SECUESTRO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el Art. 10 numerales 3, 8, 12 y 16 y en concordancia con el Articulo 11 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio de Luisa Nadal de Díaz; motivo por el cual me INHIBO de conocer el presente Recurso de Apelación EP01-R-2012-000097, por considerar que tal circunstancia compromete la imparcialidad y transparencia que debe privar de las decisiones judiciales; de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 7° del artículo 86 en concordancia con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal…Omissis…”.

Ahora bien, considera esta Sala, que la referida inhibición está ajustada a derecho en la causal, por cuanto la misma emitió opinión dictando sentencia condenatoria contra el ciudadano Livio Rafael Vela, es decir dicha causal invocada por la Jueza inhibida cumple con dichos requisitos , por lo que, ciertamente no debe conocer de la presente causa en su condición actual como Jueza Presidenta Temporal de esta Sala Única de la Corte de Apelaciones; en consecuencia, es procedente declarar CON LUGAR la inhibición planteada. Y así se decide.

D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada por la Dra. FANISABEL GONZALEZ MALDONADO, en su condición actual como Jueza Presidenta Temporal de esta Sala Única de la Corte de Apelaciones, conforme al ordinal 7º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 Ejusdem, en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Regístrese, diarícese y remítase el presente cuaderno de incidencias a la Sala Única de la Corte de Apelaciones a los fines legales consiguientes.

Es justicia, en Barinas a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre de dos mil Doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.



EL JUEZ DE APELACIONES,


DR. TRINO RUBEN MENDOZA I.
PONENTE


LA SECRETARIA


Abg. JOHANA VIELMA






ASUNTO: EG01-X-2012-000016
AML/TRM/JG/GabyCardelli.-