REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
202º y 153º

ACTA DE AUDIENCIA CONSTITUCIONAL

En el día de hoy, jueves cuatro (04) de octubre del año 2012, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), día y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar la audiencia constitucional oral y publica, en la causa signada con el Nº EP11-O-2012-000010, contentiva de la acción de Amparo Constitucional, incoada por el presunto agraviado ciudadano Luís Ramón González Salazar, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.562.661, contra el presunto agraviante Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular Para el Comercio, se constituye este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas en Sala de Audiencia, presidido por la Juez, Abg. Enaydy Cordero Colmenares, la secretaria, Abg. Yoleinis Vera Almarza, y el Alguacil Abg. Antonio Camacaro, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual estará a cargo del técnico audiovisual Carlos Linares. La Secretaria certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia, así como la presencia de la partes, dejándose constancia que se encuentran presentes en la sala de audiencias, la abogada Olga Gisela López, inscrita en el Inpreabogado con el N° 53.012, en su condición de Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Barinas; así mismo se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte accionante presunta agraviada, así como de la parte accionada presunta agraviante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno que las representes. Seguidamente la ciudadana Jueza establece: vista la incomparecencia de las partes, este Tribunal segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION. Es todo, termino, se leyó y conformes firman:

La Jueza,

Abg. Enaydy Cordero Colmenares.

La representante del Ministerio Público,


Abg. Olga Gisela López


El técnico audiovisual


Carlos Linares


El Alguacil,


Antonio Camacaro


La Secretaria,


Abg. Yoleinis Vera Almarza




En esta misma fecha se publicó la anterior decisión. Conste.


La Secretaria,