CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL'ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION
! Barinas, 15 de Octubre de 2012./"
I 2Q2° y 1530
1" , ¡ 1 I
!: ti: 1 1 yi~tos II?s tér~in~s del ac~etdo de RESPONSI\BILlDAD DE CRIANZA
fu ,IT OlAprovenlent~ de la Unidad de Defensa Publica con Compet ncia en
, ~~ 1 I~ de protección I~e Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bar¡inas,
I zadopor los ci~dad~nos LUIS A,L)3ERTO QUINTANA y YELlX DAIR SOlAZ

l' ¡ fZARTE. venezolanos, iayorl:;s de edad, C.I N° V-8.135.193; V-20:E'39.240,
'~spectivamente, p~dres de los ~iñOf SE OMITEN d~ 081 Y O años de edad; quienes acordaro~: P¡RIM~RO: EL
,A~RE CIUDADANO LUIS ALBERTOJQUINTANA EJERCERA L4- CUSTODIA
1 E su HIJO LUIS REINALDO DE 07 ANOS DE EDAD, POR CONSIGUIENTE EL
1 '
I ONTACTO DIRECTO y LA CONVIVENCIA DIAF¡(IA QUE DICHO ATRIBUTO
•REQUIERE, MIENTRAS> QUE LA MADRE CIUDAlolANA YELlX DAIRES OIAZ
BARAZARTE EJERCERÁ LA CUSTODIA DE SU HIJA LA NIÑA ALBERLlS
:il!• OAIRE DE 08 AÑOS DE EDAD, POR CONSIGUIEf:'JTE EL CONTACTO DIRECTO
lila ~!! y LA CONVIVENCIA DIARIA QUE DICHO ATRIBUTO REQUIERE. SEGUNDO:
{' AMBOS PADRES MANFIESTAN QUE HAN ACORDADO LO ANTES EXPUESTO
ti", :1. TOMANDO EN CUENTA LA OPINiÓN 09 LOS NIÑOS Y EL INTERES
1 [, SUP~RIOR DE sus H,IJOS. Po~ n~ ser c9ntraria al orden público a las buenas
, 1: cost~mbres y a, ninguna ?ISPOSlclon expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA
:i! L'tG R EN DERECHO DESEL ENTRADA y EL CURSO DE LEY
~ ,;,:' ESPONDIENTE.I CpNFOR E EL ARTíCULO 177 PARJ'{GRAFO
f 6 NDO LITERAL "L" REFORMA ll.OPNNA, por el procedimiento de jurisdicción
'1 d'~, t~ria (Ant. 511 al 51/l ibidem). Por la naturaleza del asunto que se pre~1 enta se
11.1 tlw¡';lla fase de mediaci~ln y sustanclación de la audiencia preliminar y se procede
11'. : I J' tciir la I correspondiente resollucion. En consecuencia en Nombr 1 de, la
1 1 epública y por Autoridad ~e la Ley conforme el artículo 518 LOPNNJ~, este
RIB'UNAL ,PRIMEIRO O PRIMEt~A INSTANCIA DE MEDIAdlON y
, U$TANCIACION I~PARTE HOMOLO ACION AL PRESENTE A~US~DO. SE

4-C~~RDA EL CESE Y ARCHIVO DE L S ACTU.~CIONES~ Expídarise las ~opias
gertiflcadas de Ley de la presente hpmologaclon. Devuelvanse los originales
consignados previp certificación de autos por la tbordinadora de secretarias.

Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de
un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese
nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles
del Juez (s) Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg
Arael Rodríguez y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas
de Ley. Conste: 'Sique firma ilegible de la I Secretaria. Quien suscribe La
secretaria del este Tribunal Primero de I Primera Instancia de Mediación y
Sustánciación de esta Cilrc~nscripc~ón JUdiCial,. CERTIFICO que anterior 'traslado
YS.I copia fiel y exacta de lUS ori iln les, cursantes al Expediente MD111-H-2012-
. ~gr.ID 2: ~odol de conforiid: con ,e¡ a i~$~~~:",,$~1 Código de procedimiento
,ti! ,~.il~ill•1 i!