CIRCUITO JUDICIAL DE PRPTECboN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA QIRCUNSdRIPCION:JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 02 de Octubre de 2012.
202 o y 153 o I!
Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR, proveniente de la Defensoría de niños, niñas y adolescentes del
Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos JESUS EMILIO ARAQUE
MARTINEZ y BETHA MARIA TOVAR FARFAN, venezolanos, mayores de edad,
titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-15.681.066; V-19.191.61 O
respectivamente, padres de la niña SE OMITE , de 05 años de edad, EN
EL CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO.
EL PADRE COMPARTIRÁI CON SUI HIJA UN FIN DE SEMANA CADA QUINCE
(15) OlAS. DESDE EL OlA VIERNES HASTA EL DIA DOMINGO. LAS
VACACIONES (CARNAVAL, SEMANA SANTA, NAVIDAD Y ESCOLARES)
SERAN ALTERNAS y COMPARTIDAS PREVIO ACUERDO DE LOS PADRES.
.Por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninguna
~isposición expresa de la Le. y, SE ,ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO,
IbESEL~ ENTRADA! y EL cWRsd DE LEY CORRESPONDIENTE. CONFORME
IEL ARTICULO 177 PARAGRAFO SEGY,NDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA,
por el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la
naturaleza del asunto que se presenta se obvia la fase de mediación y
sustanciación de la audiencia preliminar y se procede a dictar la correspondiente
resolución. En consecuencia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley
conforme el artículo 518 LOPNNA, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION
AL PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS
ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de la presente
homologación. Devuélvanse los originales consignados a autos previa su
certificación de autos por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al
Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la
fecha de dicha sentencia, ~e lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal.
Diarícese y Cúmplase. Siguen firmds ilegibles de la Juez Segunda de Primera
Instancia de Mediación y Sustanciación y la Secretaria. En la misma' fecha se
libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria.
Quien suscribe La secretaria del este Tribunal segundo de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que
$nterior traslado es copia fiell y exacta de sus originales, cursantes a los folios del
!~xpediente MD11-H-2012-0Q1034, todo de conformidad con el articulo 112 del
Código de procedimiento Civil. I
|