REPUBLlCA BOLlVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN
Barinas, 10 de Octubre de 2012.-
202° Y 153°

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito
Judicial en fecha 03/10/2012, diligencia en la cual la Adolescente SE OMITE venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.112.666, de 16 años de
edad, asistida en este acto por la abogada KALlDIA SANTANDER BALOA, titular de la Cédula de
Identidad N° V-1 0.669.830, inscrita en ellnpreabogado bajo el N° 58.482, Defensora Pública Primera
de Protección del Estado Barinas, expone: "Consigno muy respetuosamente en dos folios útiles
facturas de compra de escaparate y congelador-enfriador por un monto de DOS MIL QUINIENTOS
OCHENTA BOLlVARES (Bs. 2.580,00) y en un folio útil boletín informativo escolar para ser
agregado a la presen e causa y solicito se entregue la cantidad de SEIS MIL BOLlVARES (Bs.
6.000,00), para la compra de mis útiles y uniformes escolares". Se acuerda agregar. Por cuanto los
haberes a favor de la Adolescente SE OMITE, venezolana, titular
. de la Cédula de Identidad N° V-24.112.666. de 16 años de edad. son menores del monto solicitado.
Se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega del total del saldo actualizado a la
fecha. la cancelación de la Cuenta de Ahorros y el Cese del Procedimiento y el Archivo del
Expediente. En consecuencia, se acuerda PRIMERO: Oficiar al Gerente del Banco Bicentenario
Agencia Barinas 013. a los fines de solicitarle se sirva emitir Cheque de Gerencia a nombre de la
ciudadana SOILA ROSA GODOY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°
V-13.277.135. por el total del saldo actualizado a la fecha de la Cuenta de Ahorros signada con el N°
0007-0013-48-0010163736la cual esta a nombre de este Tribunal y de la Adolescente
SE OMITE Y CANCELAR DICHA CUENTA. SEGUNDO: EL
ESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Líbrese Oficio. Diarícese y
, lase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación y
s anciación Abg. Dayana Vivas Guiza. La Secretaria (fdo.). En esta misma fecha se libró las
pias certificadas de ley. Conste: La Secretaria (fdo.). Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE la
ecre aria (fdo.) del Circuito Judicial de Protección del Niño. Niña y Adolescente de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original.
cursante al folio ~Y2del Expediente TI1-S-2003-003875. certificación que se hace de conformidad
con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.