CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN,
SUSTANCIACION y EJECUCIÓN
BARINAS, 25 DE OCTUBRE DE 2012
Expediente MDll-V-2012-000262v
Acta de Sesión Inicial de la Fase de Sustanciación de la Audiencia
Preliminar/Concluida Fase de Sustanciación.
Siendo el día 25-10-2012 a las hora 10: 20 AM para que tenga lugar la sesión inicial
de la audiencia preliminar fase de sustanciación, en la presente causa de Partición y
Liquidación de la Comunidad conyugal, se anuncio dicho acto por el alguacilazgo de
este Tribunal, al cual compareció la demandante ciudadana: Daneilys Yorbalinda
Lucena De Pernia , titular de la cedula de identidad NO V- 17.377.150, asistida por
la abogada Dulce Emperatriz Calles Navas inscrita en el Instituto de Previsión Social
del Abogado bajo el numero N0 75.559 compareció el demandado ciudadano
Christian Johaise Pernia Contreras, titular de la cedula de identidad NO V-
16.638.032. asistido del abogado Jimmy Argenis Carrero Contreras inscrito en el
Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero N° 143.595 Padres de los
niños (SE OMITEN ) de OS y 7
años de edad, .Expresamente se declara no se cuenta con medios, ni técnicos
para la reproducción audiovisual de la presente audiencia razón por la cual se
prescinde de la formalidad dispensable prevista en el Art. 478 LOPNNA, por lo que
se inicio la misma conforme se preceptúa en el articulo 477 LOPNNA, en tal
sentido se informo ampliamente por la Jueza la finalidad de la aludida
audiencia. Se escucha a las partes quienes manifiestan como punto previo que
llegaron a un acuerdo en los siguientes términos el Ciudadano: Christian Johaise
Pernia Contreras cancelara a la accionante ciudadana Daneilys Yorbalinda Lucena
De Perniala cantidad de Sesenta Mil Bolívares (60.000, 00 Bs.) de la siguiente
manera para fecha 10 de Diciembre del año 2012 la cantidad de Veinte Mil
Bolívares (20.000,00 Bs.) para fecha 20 de Marzo del año 2013 la cantidad de
Veinte Mil Bolívares (20.000,00 Bs.) para fecha 01 de Diciembre del año 2013 la
cantidad de Veinte Mil Bolívares (20.000,00 Bs.) los cuales el accionado se
compromete a depositar en cuenta corriente del Banco Bicentenario a nombre de la
accionante ciudadana Daneilys Yorbalinda Lucena De Pernia, titular de la' cedula de
identidad NO V- 17.377.150 con numero de cuenta 01750341350031032694 visto
el acuerdo al cual llegaron las partes y POR NO CONTRARIAR DISPOSICIONES
LEGALES NI EL INTERES SUPERIOR DE LOS NIÑOS DE AUTOS este Tribunal
Homologa el presente acuerdo, por. lo que se declara concluida la fase de
sustanciación de la audiencia preliminar.Fue todo terminó, se leyó y conformes
firman. Conste: sigue firma ilegible de la secretaria. Quien suscribe en mi carácter de
secretaria del este tribunal tercero de primera instancia de mediación y sustanciación de
esta circunscripción judicial, certifico que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus
originales, cursantes a los ,:.'05..co ". ,del expediente--------------------------------------,
todo de conformidad con .ártfCu'lci'l 12del\;;ódigo de procedimiento civil.