REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, diecisiete de septiembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : EP11-L-2011-000307




SENTENCIA

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2011-000307
PARTE ACTORA: JESUS ALBERTO ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-9.266.428.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MYLADIS ESTHER MANRIQUE BENAVIDEZ, Titular de la cédula de identidad números.- V-16.230.848 e inscrito en el inpreabogado bajo el número-58.911
PARTE DEMANDADA: empresa Sociedad mercantil Clan Construcciones C.A, inscrita en el registro mercantil Segundo de el Estado Barinas, en fecha 25 de abril de 2008, bajo el No 47, tomo 6- A,
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: ANDRES ELOY ESCALANTE BELANDRIA Y CLAUDIA ANGELICA STURCHIO LOPEZ, Titulares de las cédulas de identidad números V-9361.995 Y V-14.782.523, en su carácter de representantes legales de la citada empresa.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA; MAGLENY FERNANDEZ, BEATRIZ DEL CARMEN TORRES MONTIEL Y LICET HERNANDEZ PEÑA, venezolanas, mayores de de edad, Titulares de las cédulas de identidad números.- V- 11.395.481, V-7.885.956 Y V-10.561.471 e inscritos en el inpreabogado bajo los números; 59.932,34.510 y 52.913 respectivamente,
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy diecisiete de septiembre de 2012, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de incomparecencia de la parte actora y de la parte demandada a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. DIOS Y FEDERACIÓN

La Jueza



Abg. Zor Virginia Valero
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La Secretaria

Abg. Maria de los Ángeles Hidalgo.