REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 01 de Abril de 2013.
202 o y 153 °
Vista la anterior demanda de FIJACiÓN Y EXTENSION DE OBLlGACION DE
MANUTENCiÓNY los recaudos acompañados, suscrita por la ciudadana TRINA
MARIA CASTILLO DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, C.I N° V-8.145.978, en
su carácter de madre del adolescente se omite, de 16 años de edad, y de
la mayor de edad cursando estudios universitarios KARLA ANGELlNA, asistida por la
Defensora Pública abogada JUMARY BRICEÑO, incoada contra el padre ciudadano
CARLOS ALBERTO MORENO PARRA, venezolano, mayor de edad, C.I N° V-
13.886.611, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a
ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN
DERECHO, CONFORME LOS ARTíCULO 452 Y 457 LOPNNA, désele curso por el
Procedimiento Ordinario establecido desde el artículo 450 LOPNNA. Se fija a cargo
del padre de conformidad con lo dispuesto en los artículos 05, 30, 512 Y 466-B ordinal
"a" LOPNNA y 76 Único aparte de la Constitución de Venezuela OBLIGACiÓN DE
MANUTENCiÓN, PRUDENCIAL Y PROVISIONAL en la cantidad de NOVECIENTOS
BOLlVARES (BsF. 900,00) mensuales, adicional en los meses de Agosto y Diciembre
la cantidad de DOS MIL BOLlVARES (Bs.F. 2.000,00). Notifíquese al ciudadano
CARLOS ALBERTO MORENO PARRA, venezolano, mayor de edad, C.I N° V-
13.886.611, a fin de que comparezca por ante este Tribunal para que conozca día y
hora en que tendrá lugar el inicio de la fase de mediación de la Audiencia preliminar la
cual será fijada mediante auto expreso, que se enterara compareciendo por ante este
Tribunal dentro de la última hora de despacho (02:30 p,m) del 20 día siguiente a la
certificación' secretarial de' su notificación' conforme lo establecido en el articulo 457
Ejusdem. Se declara no ha lugar la Notificación al Fiscal del Ministerio público
conforme lo dispuesto en el artículo 463 LOPNNA en concordancia con lo previsto en
los artfculos 321, 355; 36< 495 y 515 Ibidem. Líbrese los recaudos correspondientes.
Diarícese y Cúmplase. Quien suscribe, Secretaria de Audiencias del Tribunal Primero
de Primera Instancia ~e M~9A~ y su~tan.ciación de esta Circu~s.cripción Judicial,
CERTIFICO. que anteno~ ~~s,!a~~ ~.~" •. copia fiel y exacta ~e sus onglnal~s, cursantes
en el Expediente MD11-.l~~PJ3::0qOH¡,Q odo de conformidad con el articulo 112 del
Código de procedimient /CiV:11 ',' e- \. 7