CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUplCIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.

Barinas, 10 de Abril de 2013.
202 o y 153 o

Vistos los términos del acuerdo de REGIMEN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR, proveniente del Consejo de Protección de niños, niñas y adolescentes
d'ei 'Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, alcanzado por los
ciudadanos YADIRA PEREIRA CONTRERAS y MIGUEL ANGEL GUERRERO
ROA., venezolanos,' mayo'res' de edad, - titulares de las' cédulas de 'identidad
personales Nros V-19.492.411; V-16.525.005 respectivamente, padres de la niña
se omite, de 02 años de edad, EN EL CUAL ACUERDAN: "UN
RE'GiMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO. "EL PADRE COMPARTIRA
CON su' j-¡IJA CUATRO (04) DIAS A'LA SEMANA. PUDIENDIO PERNOTAR LA
NIÑA EN CASA DEL PADRE UN DIA DE ELLOS. LAS VACACIONES DE
CARNAVALES, SEMANA SANTA, ESCOLARES Y DECEMBRINAS SERAN
COMPARTIDAS y ALTERNAS." Por no ser contraria al orden público a las buenas
costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA
LU~A~. E~ DER,ECH9..l-.oES~LE Ef'.JTRADf\, Y EL CURSó'•. DE LEY
CORRESPONDIENT¡;;. CONFORME EL ARTICULO 177 PARAGRAFO
SEGl)NDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción
voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que se presenta se
obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se procede
a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la
República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE
ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias
certificadas de Ley' de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados a autos previa su certificación de autos por la secretaria. Remítanse
las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año
(01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por
el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Quien suscribe, Secretaria de
Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado
es copia fiely exacta de sus originales, cursantes en el Expediente MD11-H-2013-
0?~269, todo de conformi~~;~ ,el articulo 112 del Código de procedimiento
CIVIL