REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.

Barinas, 08 de Abril de 2013.
202 o y 153 o

Vista la solicitud de ADMINISTRACION DE BIENES por el fallecimiento del
ciudadano CARLOS MANUEL RENDON MATHEUS, venezolano, mayor de edad, C.I N°
V-4.485.207, suscrita por la ciudadana MILAGRO LlLIANA SANDOVAL DE RENDON,
venezolana, mayor de edad, C.I N° V-14.399.724, madre de los niños y adolescentes
se omiten , de 09 y 13 años de
edad, asistido por la Defensora Pública abogado MARISOL D'AMICO, por cuanto la
misma no es contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna
disposición expresa de la ley de conformidad con lo prevista en el Parágrafo Segundo
literal "A" del Artículo 177 y 457 LOPNNA, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN
DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, Désele
el curso' de ley conforme el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517
ibidem). Por Aplicación preferente a los procedimientos especiales y ordinarios previstos
en la LOPNNA a que ordena el artículo 452 Ejusdem. Vista la naturaleza del asunto que
se presenta óbviese la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar. Notifíquese
mediante boleta conforme al arto 515 LOPNNA al Fiscal(a) del Ministerio Público, para
que su opinión sea oída. Ofíciese a las entidades señaladas, para que remitan a este
Tribunal Cheque de gerencia de las cantidades de dinero solicitadas para la respectiva
apertura de la cuenta de ahorros a cargo de la Oficina Control de Consignaciones (OCC)
de este tribunal. En consecuencia se advierte que una vez que consten en autos
practicadas todas la notificación acordada y recibido el cheque de gerencia requerido se
fijará por auto separado día y horapaja que tenga lugar la fase de sustanciación de la
Audiencia preliminar en la presente causa a los fines de proveer con la opinión del Fiscal
de Ministerio publico Y la madre sobre la mejor administración de los recursos
consignados por ante este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Quien suscribe, Secretaria de
Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y sustanciación de
esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de
sus originales, cursantes en el E) con el articulo 112 del Código de:;pro, _ din1t l,>•':;'> ,7~~"