CIRCUITO JUDICIAL OE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.
Barinas, 10 de Abril de 2013.
2'62 o y 153 o
Vistos los términos del acuerdo de REGI~EN DE CONVIVENCIA
FAMILIAR, proveniente de la Fiscalía Séptima de niños, niñas y adolescentes del
Estado' Barinas, alcanzado por los ciudadanos ~ENARO JAVIER BALZA
CAMACHO y MARYURI RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cédulas de" 'identicü:id 'personales N ros V-19.612.883; V-17.290.874
respectivamente, padres de la niña se omite, de 03
años de edad, EN EL CUAL ACUERDAN: "UN REGIMEN. DE CONVIVENCIA
FAMILIAR" EL PADRE CQMPARTIRA CON SU HIJA UN FIN DE SEMANA CADA
QUfNCE (15) OlAS, DESDE EL DIA SABADO EN HORAS DE LA MAÑANA
HASTA EL OlA DOMINGO EN LA TARDE. LAS VACACIONES (CARNAVAL,
SEMANA, SANTA, NAVIDAD Y ESCOLARES) SERAN ALTERNAS y
COMPARTIDAS PREVIO ACUERDO DE LOS PADRES". Por no ser contraria al
orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley,
SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL
CURSÓ DE LEY' éORR•ESPONbiENTE. CONFORME EL ARTíCULO 177
PAR'AGRAFO SEGUNDO L1T'ERAL "L'¡ RE'FORMA LOPNNA, por el procedimiento
de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto que
se presenta se obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia
preliminar y se procede a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia
en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518
LOPNNA, este TRIBl)NAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE
ACUERDO. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES.
Expídanse las copias 'certificadas de 'Ley de' la presente homologación.
Devuélvanse los originales consignados a autos previa su certificación de autos
por la secretaria. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un
lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia,
de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase.
Siguen firmas ilegibles de la Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de
Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del
este Tribunal segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circun~~ripción Judicial, CERTIFI~O ~üe anterio~ tr~~ado es copia fiel y exacta de
sus originales, cursantes a los foho,s del Expedlente\fy1D11-H-2013-000267, todo
de conformidad con el articulo 11 ~~'el Códig~ de';pkqp~t(imientoCivil.
Exp. N° MD11-H-2013-000267
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