REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN



CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION.
BARINAS, 24 de Abril de 2013
202 º y 153 º
EXPEDIENTE MDll-V-2012-000638
ACTA DE SESION INClAL DE LA FASE DE SUSTANCIACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
Siendo el día 24-04-2013 a las hora 9:00 AM para que tenga lugar la Sesión inicial de la
audiencia preliminar fase de sustanciación, en la presente causa de Obligación de
Manutención, se anunció dicho acto por el alguacilazgo de este tribunal, al cual compareció la
accionante ciudadana Amarily Coromoto González Rojas, titular de la cedula de identidad C.I
Nº 14.605.796, presente la abogado Ángela Rodríguez Fiscal del Ministerio Publico con
competencia en materia de protección del niño niña y adolescente titular de la cedula de
identidad C.I Nº 9.265.440; no se presentó el accionado ciudadano Reinaldo José Guanipa
titular de la cedula de identidad C.I Nº 16.347.739, padre del niño se omitede Cuatro
Años de edad (04) .Expresamente se declara no se cuenta con medios, ni técnicos para la
reproducción audiovisual de la presente audiencia razón por la cual se prescinde de la
formalidad dispensable prevista en el Art. 478 lopnna, por lo que se inició la misma conforme
se preceptúa en el artículo 477 lopnna ,en tal sentido se informó ampliamente por la jueza la
finalidad de la aludida audiencia toma el derecho de palabra la abogado Ángela Rodríguez
quien manifiesta ratifico en todas y cada una de sus partes la demostración de la paternidad
como se establece en el documento público inserto al folio 5 SEGUNDO: la capacidad
económica del obligado como se demuestra en la constancia de ingresos por el desempeño
como inspector de salud pública 1 emitida por el jefe de la división local de recursos humanos
distrito sanitario N 2 ubicado en Punto Fijo Estado Falcón TERCERO promuevo y ratifico
constancia de estudio del niño ya identificado del Centro de Educación Inicial Bolivariano
Moromoy que cursa al folio Nº 9; de igual forma toma el derecho de palabra y solicita como
medida preventiva la establecida en el artículo 466 B se le descuente del sueldo que percibe el
referido ciudadano la cantidad que juzgue conveniente esta juzgadora a los fines de garantizar
al niño Reimer la obligación de manutención de conformidad como lo establece el artículo 365


I
de la ley especial hasta la definitiva ya que como se demuestra el ciudadano no compareció a
la audiencia de mediación ni formalizo la contestación de la demanda encontrándose
debidamente notificado según comisión designada la tribunal de protección del estado Falcón
Extensión punto fijo al folio 8 y 9 así mismo solicito se nombre correo especial al progenitora a
los fines de que envié dicho oficio al descuento directo y deposite en cuenta de ahorro del
banco Provincial a nombre de la madre del niño ciudadana Amarily Coromoto González Rojas
signada con el numero 0596-17-0200000570; este tribunal en aras de garantizar los Derechos
del niño niña y adolescente y dar fiel cumplimiento a lo establecido en el artículo 08 y 369
LOPNNA y por cuanto el accionado se encuentra debidamente notificado cursa la folio 8 y 9
de fecha 21 de enero 2013 este tribunal Tercero de Mediación Sustanciación y ejecución en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda medida
provisional de obligación de manutención a favor del niño se omite Guanipa de 4 años
de edad por un monto mensual de Seiscientos bolívares (600,00 Bs ) los cuales deberán ser
descontados directamente por el ente patronal y depositados en cuenta de la progenitora
ciudadana Amarily Coromoto González Rojas titular de la cedula de identidad CI NQ
14.605.796 cuenta de ahorro Banco Provincial con número de cuenta 0596-17-0200000570 se
acuerda como correo especial a la ciudadana Amarily Coromoto González Rojas titular de la
cedula de identidad C.I NQ 14.605.796 a los fines de llevar oficio al ente empleador
Coordinador de Recursos humanos y Directora del distrito sanitario N2 ubicado en la avenida
Rafael Gonzales con avenida Jacinto Lara aliado del Seguro social de punto fijo estado Falcón
con número de teléfono 269-2479145 Punto Fijo Estado Falcón licenciada Eddy Yajaira Mora; ,
se declarara concluida la fase de sustanciación de la audiencia preliminar medios de prueba
todos que este Tribunal admiten por legal y pertinente a la resolución del presente asunto Se
ordena remitir con oficio la presente causa a la urdd para su itineracion al tribunal de juicio
una vez se realice los oficios al ente patronal para realizar los correspondientes descuentos.
Fue todo terminó, se leyó y conformes firman. SIGUEN FIRMAS ILEGIBLES. QUIEN SUSCRIBE
CON EL CARÁCTER DE SECRETARIA DE AUDIENCIAS D~ ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACIÓN DE ESTA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL, CERTIFICO QUE ANTERIOR TRASLADO ES COPIA FIEL Y EXACTA DE SUS ORIGINALES, CURSANTES EN ELEXPEDIENTE NQ TODO DE MIDAD CON EL ARTíCULO 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ~i"41J
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