REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 30 de abril de 2013.
Años 203º y 154º
Sent. Nº 13-04-15.

Vista la diligencia suscrita en fecha 25 de abril del año en curso, por la actora ciudadana Marlene Coromoto Delgado de Abreu, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.608.778, asistida por el abogado en ejercicio Rafael Arquímedes Rivero Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.616, mediante la cual desiste de la presente demanda de divorcio ordinario fundamentada en la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil, intentada en contra del ciudadano Antonio Abreu, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.526.503, y llenos como se encuentran los extremos a que se contraen los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución de la copia certificada inserta al folio 05, previa su certificación en autos, insertándose al pie del documento que se devolverá copia certificada del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de la mencionada copia se autoriza suficientemente al Alguacil Titular de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 13.947.103.

La Juez Titular,

Abg. Reina Chejín Pujol

La Secretaria Titular,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla

Exp. Nº 13-9731-CF.
rm.