CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACION.

Barinas, 05 de Agosto de 2013.
203 o y 154 o
Vistos los términos del acuerdo de CUSTODIA JUDICIAL proveniente de la
Defensoría Pública de Protección de niños, niñas y adolescentes del Estado Barinas,
alcanzado por los ciudadanos JESUS ALBERTO PALACIOS RIVAS y RANIA ZEIDAN
ABDUL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad
personales Nros V- 16.979.590; V-18.838.079 respectivamente, padres del niño
se omite , de 07 años de edad, ACUERDAN: "EL PADRE
TENDRÁ BAJO SU CUIDADO AL NIÑO AIRON' JESUS PALACIO ZEIDAN. LA
MADRE MANTENDRA CONTACTO PERMANENTE CON SU HIJO, GOZANDO DE
UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR AMPLIO. Por no ser contraria al orden
público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, SE
ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE
LEY CORRESPONDIENTE, CONFORME EL ARTíCULO 177 PARAGRAFO
SEGUNDO LITERAL "L" REFORMA LOPNNA, por el procedimiento de jurisdicción
voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). En consecuencia por la naturaleza del asunto que
se presenta óbviese la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y
se procede a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la
República y por Autoridad de la Ley conforme el artículo 518 LOPNNA, este
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN,
SUSTANCIACION Y EJECUCiÓN IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE
ACUERDO. En consecuencia SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS
ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de la presente
homologación. Devuélvanse los originales consignados a autos previa su certificación
de autos por la coordinadora de secretarias, luego de lo cual remítanse las presentes
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a
partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este
Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Tercera de Primera
Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución y la Secretaria. En la misma fecha
se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de. la Secretaria.
Quien suscribe La secretaria del este tribunal tercero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior
traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del MD11-H-
2013-000504, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento
Civil. Siguen firmas ilegibles de la Juez de Tercera de Primera Instancia de Mediación
y Sustanciación y la Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de
Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del
este tribunal tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de
sus originales, cursantes a los . el MD11-H-2013-000504, todo de conformidad
con el articulo 112 del Códi o, ~A~~ lento Civil.
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