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OE LA CI~CUN$CRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN. SUSTANCIACION y t:JECUCION
BARINAS 14 DE ENERO DE 2013
202 y 2013
VISte el esaFitG de fesl:ía a~jeHí26'Íg sus6rit8 ¡36P les 6iuaaeaFlBB MARCO JOSE MORA
GONZÁLEZ DE LA HUEBRA Y NUNCIA MARGARITA CARDINALES MORENO. C.I.V-
9.132.142; V-4.931.307, padres de SE OMITEN, los 02 primeros mayores de edad y el último de 15 años de edad,
asistidos por la abogada ANGELlNA ROA DE ROJAS, INPREABOGADO N° 63.154, mediante
la cual acuerdan extrajudicialmente, LA OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN; EL PADRE
APORTARÁ LA CANTIDAD DE UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (85. 1.500,00)
MENSUALES LAS 80NIFICACIONES ESPECIALES DE LOS MESES DE SEPTIEMBRE Y
DICIEMBRE POR LA CANTIDAD DE DOS MIL QUINIENTOS BoLlvARES (Bs. 2.500,00),
CANTIDADES DE DINERO QUE DEBERAN SER DEPOSiTADAS EN LA CUENTA
CORRIENTE NQ 0102-0435-69-0000090120 DEL BANCO DE VENEZUELA A NOMBRE DE LA
CIUDADANA NUNCIA MARGARITA CARDINALES MORENO. líbrese oficio al ente patronal a
los fines de dejar sin efecto oficio N 2839•07 de fecha 04/12/2007. En consecuencia en Nombre
de la República Boflvariana de Venezuela este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION y EJECUCION IMPARTE
HOMOLOGACION AL PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE
LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley de la presente homologación.
Devuélvanse los originales consignados previa certificación en autos por la Coordinadora de
secretarias. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de
un año (01) calendario a partir de la fecha de esta sentencia, de lo cual tómese nota por el
archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles del Jueza Primera
de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero G y
Secretario (a). En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue
firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero
de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de estaCircunscripción Judicial,
CERT~FICO que an~erior traslado es copia~~~~~:- .~ originales, cu~santes a
los fO!lo~ del Expe.dl~nt~ TI1-~-~007.00~~Oq~!~9;~-~.?~.e confor idad con el articulo 112
del Codlgo de procedimiento CIVII.-
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